Una de las mejores opciones para ganar espacio en tu vivienda y para eliminar el ruido de fuera es cerrar la terraza.
Una de las mejores opciones para ganar espacio en tu vivienda y para eliminar el ruido de fuera es cerrar la terraza. Para ello, hay que conocer los términos que estipulan la ley, así como los permisos requeridos.
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Antes de proceder al cierra de la terraza de la vivienda propia, se debe leer los estatutos de la comunidad del vecindario. En estos textos se expondrá si se permiten los cierres y la clasificación de estos en el edificio. Tras esto, se debe comunicar al presidente el día en el que se iniciarán las obras.
Cabe destacar que si existen antecedentes de otros vecinos que hayan cerrado sus terrazas sin obstáculo ninguno, la persona interesada también lo podrá hacer a partir de los preceptos de no discriminación y de igualdad.
Para aquellos cierres que no afectan a la fachada o que no requiere de obras, no se necesita ninguna licencia ni ningún permiso. Por el contrario, aquellos que sí, sí tendrán que obtener un permiso para proceder con las obras.
La Ley de Propiedad Horizontal, encargada de regular estos aspectos, estipula en su artículo 10.3 que para poder obtener todas las garantías legales con las que poder cerrar la terraza se necesita que 3/5 partes de los participantes en la junta de propietarios voten a favor del cierre.
Si hay propietarios que no han hecho acto de presencia, pero se han opuesto, en un plazo de 30 días podrán manifestar su voto en contra a partir del día de la junta donde se expuso el tema en cuestión.
En cuanto a los permisos necesarios que el ayuntamiento debe aportar, estos dependen según del municipio. Si se contrata a una empresa de cierres con experiencia en la localidad, esta será conocedora de los entresijos legislativos respecto a los cerramientos de terraza y podrá asesorar más efectivamente.
Solamente se requiere tener el permiso del ayuntamiento y de la comunidad de propietarios para poder cerrar la terraza, debido a que estos permisos son requeridos para la concesión de la licencia de obras.
El proceso legal para cerrar la terraza privativa de una vivienda consta de tres acciones:
Un cerramiento ilegal es aquel que se lleva a cabo sin contar con los permisos requeridos o sin las licencias necesarias y que perjudica a otras zonas individuales como terrazas o zonas comunes como patios o jardines. De todas formas, el cierre siempre afectará al aspecto visual de la fachada.
Para poder proceder a denunciar un cierre ilegal, existen dos opciones:
En el caso en el que un propietario haya cerrado su terraza sin contar con el permiso del resto de vecinos, se organizará una junta en la que se estipulará un plazo para que se proceda con la demolición de la obra, regresando a la terraza original. Si no lleva a cabo la demolición y el plazo ha terminado, existe la opción de demandarlo.
Cabe destacar que si el tiempo pasa y nadie actúa en contra del cierre de la terraza, el propietario adquiere el derecho del cierre sin poder oponerse nadie. Existe un periodo de cinco años, que comienza a computarse desde el inicio de la obra, para que los vecinos se opongan al cierre.
En el caso en el que el cierre tenga menos de 10 años, hay que realizar un proyecto de legalización que debe firmar un especialista y pedir la licencia de obras. Cuando se haya adquirido esta última, se tendrá que abonar las cuotas y tributos necesarios y consultar una notaría para registrar el cierre en el Registro de Propiedad.
Por el contrario, si el cierre lleva más de 10 años, solamente se requiere el proyecto de legalización, no la licencia de obras, pero sí se debe registrar el terreno nuevo.
Según la obra y la localidad, la prescripción tendrá un plazo u otro. Si se ha llevado a cabo el cierre de forma ilegal sin la aprobación del resto de propietarios, el plazo oscila entre los cuatro hasta los 30 años. Habitualmente, el plazo medio se sitúa en los cinco años.
Más info: https://www.inmonews.es/cerramientos-terrazas-necesitas-saber-cumplir-ley/