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Comunidades de propietarios, cuando indemnizar a un propietario

Los propietarios de una comunidad podrán ser indemnizados  si son perjudicados por actuaciones de la comunidad bajo una serie de requisitos.

Entre los problemas comunes a las comunidades de propietarios está el perjuicio que pueden causar sus actuaciones sobre alguno de sus propietarios. En ese caso los perjudicados  pueden ser indemnizados por la Comunidad de Propietarios si se dan diversas circunstancias que le permitan reclamar daños y perjuicios. Veremos los diversos escenarios en que puede darse esta situación y los requisitos que debe cumplir el afectado.

Base legal para la indemnización  a un propietario por una Comunidad de propietarios

El artículo 1.902 del Código Civil nos dice que "el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que "son obligaciones de cada propietario consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados"

Requisitos para poder ser indemnizado  por la Comunidad de Propietarios

-Solo será indemnizado el inquilino que vea afectada su vivienda por una actuación demostrable efectuada por la comunidad; véase nuevas instalaciones, obras, reformas o reparaciones. Los requisitos concretos son:

-Que una propiedad de la comunidad haya sufrido efectos negativos como resultado de las acciones o inacciones de la comunidad.

-Qué exista una actuación (reforma, obra, rehabilitación, etc.) o que haya omisión de la misma que sirva de nexo causal para reclamar daños y perjuicios.

También se podrá reclamar por la falta o escasez de mantenimiento de áreas o servicios comunes, situaciones de ruido persistentes de las cuales la comunidad tiene conocimiento pero no toma medidas para resolver, y la instalación de servicios comunitarios en propiedades privadas sin el consentimiento adecuado del propietario afectado.  Por ejemplo, si la comunidad no repara un alféizar que es elemento común y cuyo desprendimiento pueda afectar a un propietario.

Algunas situaciones en las que una comunidad debe indemnizar a un propietario

Entre los problemas comunes a las comunidad de propietarios esta el perjuicio que pueden causar sus actuaciones  sobre alguno de sus propietarios

  • Imposibilidad de alquilar un local o vivienda por inundaciones, humedades, roturas o malos olores causados por falta de mantenimiento.
  • Devaluación de una propiedad a raíz de instalaciones comunitarias, como que afectan negativamente a la iluminación, espacio  o utilidad de la vivienda.
  • Desalojo obligado de una vivienda por reparación de zonas comunes, y compensación por los gastos derivados del desalojo.
  • Ruidos generados por un elemento común, por ejemplo, un ascensor o la puerta del garaje, que afecten a una propiedad, cuando la  comunidad ha sido informada y no ha actuado en consecuencia..
  • Cese total o parcial de la actividad comercial en un local de la comunidad por reparaciones en zonas comunes.
  • Inutilidad de un garaje, temporalmente, debido a algún tipo de actuación.

Más info: https://www.inmonews.es/comunidades-de-propietarios-cuando-indemnizar-a-un-propietario/