Se ha admitido a trámite por parte del Tribunal Supremo el recurso que presento un camping de Tarragona en contra del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ) que defendió que el ayuntamiento de la ciudad denegara la instalación de casas móviles ("mobile home") en dicho camping
El Supremo deberá decidir si las casas móviles requieren de licencia urbanística o se consideran vehículos y por lo tanto no la necesitarían, más allá de la licencia de actividad del camping.
La idea de que a pesar de tener ruedas las "mobile home" ocupan suelo urbanístico susceptible de tener una licencia, que defiende el TSJ de Cataluña, se enfrenta al planteamiento del camping que considera remolques este tipo de viviendas de recreo y en base a esa condición no necesitarían la licencia.
El Tribunal admite el recurso alegando que la problemática afecta a un gran número de situaciones que carecen de jurisprudencia, y repercute de forma suficientemente significativa en el régimen urbanístico de la propiedad del suelo.
Será, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso, la competente para determinar la naturaleza de las "mobile homes" en cuanto a la exigibilidad de licencia urbanística por uso del suelo. Y también si la licencia de actividad del camping ampara sufientemente la instalación de estas viviendas
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