Si tu vivienda habitual es alquilada, puedes aplicar una deducción sobre los ingresos de la vivienda en tu declaración de renta si el contrato es anterior al 1 de enero de 2015
Te informamos de los requisitos y los límites:
Desde 1 de enero de 2015 se suprime la deducción por alquiler de la vivienda habitual. No obstante, se establece un régimen transitorio que permite que te sigas beneficiando de esta deducción por alquiler de vivienda habitual si cumples los siguientes requisitos:
Podrás deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de tu vivienda habitual, siempre que tu base imponible sea inferior a 24.107,20 ? anuales y, sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, para cada ejercicio, haya aprobado tu Comunidad Autónoma.
Más info: https://www.inmonews.es/irpf-2022-deduccion-arrendatario-alquiler-vivienda-habitual/