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¿Qué pasa si no se paga el alquiler de la vivienda, con la nueva ley?

La Ley trata de resolver la "inquiocupación" con el procedimiento de desahucio y a la vez se asegura de proteger a personas en situación de vulnerabilidad económica del desahucio inmediato.

¿Cómo afecta al alquiler la Ley de Vivienda ?

La nueva Ley de Vivienda modifica algunas cuestiones del alquiler, como:

-En zonas tensionadas introduce prórrogas extraordinarias de carácter anual para el arrendatario tras la finalización del contrato.

-Suspensiones en los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad.

-Actualización del  límite de la renta del 3% a partir de 2024.

¿Cuándo puedo desalojar al inquilino moroso con la nueva Ley de Vivienda?

Los tribunales podrán establecer plazos de suspensión del procedimiento de desahucio de 2 o 4 meses según sean personas físicas o jurídicas frente a 1 y 3 meses como se establecía con anterioridad.

Un desahucio autorizado supone la obligatoriedad de informar al inquilino y al propietario de la fecha y hora prevista para su realización.

En caso de personas en situación de vulnerabilidad es obligado también informar a las Administraciones públicas competentes en vivienda, asistencia social, evaluación e información de situaciones de necesidad social, y a los responsables de brindar atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social

En una demanda de desahucio el interesado debe proporcionar los siguientes datos:

-Si el inmueble es la residencia habitual del inquilino

-Si el propietario es un "gran tenedor"( ahora como mínimo teniendo más de 5 viviendas en zona tensionada)

-Si el demandante está en situación de vulnerabilidad económica.

-La acreditación de haber participado en un proceso de conciliación mediado por las administraciones públicas.

¿Qué hacer concretamente ante el impago?

Lo primero que decir es que debe actuarse con prontitud. La Ley permite que con tan solo un mes de impago, el propietario pueda resolver de pleno derecho la rescisión
del contrato de arrendamiento, lo cual supone la obligación de abandono del inmueble del inquilino moroso.

Antes de acudir a la vía legal es conveniente requerir el pago atrasado al inquilino vía burofax.

Seguidamente , si lo anterior no tiene efecto, se podría interponer una demanda de desahucio firmado por abogado y procurador.
El juzgado , si admite la demanda a trámite, notificará al inquilino el desahucio y su fecha, momento en que este deberá devolver las llaves y abandonar la vivienda.

También sería posible reclamar judicialmente las deudas contraídas del alquiler, y los intereses de demora por impago. No obstante, muchos morosos carecen de nóminas ni propiedades.

En caso de inquilino moroso sin contrato

Si el inquilino no tiene un contrato legal , ante un conflicto de impago, no tendremos un texto legal donde asentar las bases.

Para conseguir que el moroso abandone el hogar habrá que seguir el mismo procedimiento que se sigue cuando hay contrato.

Si el inquilino lleva a cabo actividades ilegales o molestas se le podrá avisar con solo 7 días de antelación del interés en que abandone el inmueble

¿Debe abandonar el inmueble un inquilino moroso con hijos?

La condición de tener hijos no afecta directamente al proceso de desahucio. El procedimiento en cualquier caso estaría condicionado por la posible situación de vulnerabilidad económica del inquilino que podría en cualquier caso retrasarse.

En resume: la nueva ley de la vivienda supone

Con la nueva Ley el inquilino que no paga está en situación de incumplimiento de contrato. El casero puede iniciar un procedimiento de recuperar cantidades adeudadas y conseguir el abandono de la propiedad, pero si el inquilino está en situación de vulnerabilidad económica el tribunal de justicia podría suspender el procedimiento entre 2 y 4 meses.

Más info: https://www.inmonews.es/si-no-se-paga-alquiler-vivienda-nueva-ley/