Sentencia del TS 624/2024 a favor de una condena de la Audiencia Provincial de Madrid, por una oferta de una vivienda falsa en internet
Sentencia del Tribunal Supremo 624/2024 a favor de una condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia, a una persona por la realización de una oferta de una vivienda falsa en internet.
La pena impuesta es de 18 meses de prisión, nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y una indemnización de 750 euros
El perjudicado se demuestra que vio el piso en una página de anuncios y con un precio barato le hizo la transferencia de 750 euros al estafador. Pero "más tarde se dio cuenta de que todo era un engaño, la vivienda no se alquilaba y las fotografías del D.N.I. que se le había enviado correspondían a la víctima de otra estafa. Ante la imposibilidad de conseguir un alquiler inmediato, el denunciante y sus padres se vieron obligados a alquilar unas habitaciones, ante la necesidad que tenían de recogerse en algún lugar".
En la condena se señala que "En relación con la estafa agravada del n. 1º del artículo 250, del repetido Código, se fundamenta en la idea de dar una mayor protección de bienes de primera necesidad como las viviendas, y solo es procedente cuando la defraudación recaiga sobre viviendas que se destinen a su uso propio, como lugar de residencia, donde puede establecer su domicilio, pues estas son la únicas que pueden ser consideradas de primera necesidad".
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