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Tribunal Supremo: Se puede poner carteles de inquilinos desahuciados

El TS contradice una Sentencia del Tribunal de Alicante que condenó la puesta de carteles de aviso de la intención de alquilar de unos desahuciados.

El Tribunal Supremo contradice una Sentencia del Juzgado de Alicante por la que condenó a un administrador de viviendas, por poner carteles notificando la intención de alquilar una vivienda en su urbanización por parte de un matrimonio, tras haber sido desahuciados por impagos continuados de otra vivienda del mismo conjunto residencial.

El administrador puso carteles en 6 escaleras y 12 ascensores y fue denunciado por el matrimonio, que había sido desahuciado, por vulneración de sus derechos al honor y a la intimidad y posteriormente. Como consecuencia fue condenado por la Audiencia de Alicante al pago de 7.000 euros y a publicar el fallo judicial en el tablón de anuncios de las seis escaleras y los 12 ascensores.

Sin embargo, la sentencia no fue compartida al llegar al Tribunal Supremo que consideró que "la información difundida queda legitimada por el derecho a la libertad de información, en sentido amplio, pues era de interés para la comunidad de propietarios, esencialmente veraz y efectuada sin ánimo denigratorio" y que "el administrador actuó en defensa de los intereses de los integrantes de dicha comunidad porque la información presentaba interés en el ámbito en el que se difundió, dado que afectaba a los intereses, tanto comunes como particulares, de los integrantes de la comunidad"

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